miércoles, 24 de abril de 2013

Se modifica artículo 27 constitucional: extranjeros podrán comprar terrenos en playas mexicanas

playas art 27

Mientras estamos al pendiente de las pequeñas rencillas entre panistas y priístas sobre el presunto desvío de fondos en Veracruz, en otros lados bien que siguen estando de acuerdo.

Ayer, diputados aprobaron darle un pequeño cambio a la Constitución –específicamente a su artículo 27- por lo que desde “ya” los extranjeros tienen permitido comprar bienes inmuebles en las playas y litorales del país, en zonas que les habían permanecido restringidas.

Si damos un repaso a nuestros apuntes de la primaria, encontraremos que dicho artículo enunciaba que “las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponden originariamente a la Nación (…) Sólo los mexicanos por nacimiento o por naturalización y las sociedades mexicanas tienen derecho a adquirir el dominio de las tierras, aguas y sus accesiones (…) En una faja de cien kilómetros a lo largo de las fronteras y de cincuenta en las playas, por ningún motivo podrán los extranjeros adquirir el dominio directo sobre tierras y aguas”.

Lo anterior es precisamente lo que fue modificado, ya que ahora se permite a los extranjeros la adquisición de dicha faja –o franja- delimitada por nuestros antiguos legisladores.

Obviamente los diputados pusieron ciertas condiciones, las cuales son:

  • Que no se quieran ver aprovechados y sólo destinen lo comprado para vivienda.
  • Que las tierras no tengan uso comercial industrial, agrícola o cualquier otro que implique explotación económica directa o indirecta que derive de un uso a la vivienda o casa habitación.
  • El extranjero deberá convenir con la Secretaría de Relaciones Exteriores en los términos de la fracción I, del párrafo noveno, del artículo 27 constitucional: “Siempre que convengan ante la Secretaria de Relaciones en considerarse como nacionales respecto de dichos bienes y en no invocar, por lo mismo, la protección de sus gobiernos por lo que se refiere a aquellos; bajo la pena, en caso de faltar al convenio, de perder en beneficio de la Nación, los bienes que hubieren adquirido en virtud del mismo”.
  • Y que en caso de que las tierras sean destinadas a un uso distinto a la vivienda, que al extranjero no se le haga raro si pierde los bienes adquiridos en beneficio de la Nación.

No obstante lo anterior, existen grupos sociales que no ven con buenos ojos esta modificación presentada por el diputado Manlio Fabio Beltrones, ya que “anula la posibilidad de que los ejidatarios y comuneros se constituyan en inmobiliarias ejidales, dando paso franco a que los extranjeros posean legalmente las mejores tierras de litoral, alentando el despojo, la especulación financiera e inmobiliaria”, esto de acuerdo a La Unidad de la Fuerza Indígena y Campesina.

Como sea, la iniciativa priísta que “alentará la inversión inmobiliaria”, ya fue aprobada por la Cámara de Diputados, “gracias” a la unión del PRI y PAN, no obstante el rechazo del PRD, PT y Movimiento Ciudadano . Así quedo la votación: 356 votos a favor, 119 en contra y 2 abstenciones.

¿Y pensaban que el Pacto por México se acabaría?

*Vía La Jornada El Universal, , info4.jurídicas.unam.mx

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